Capítulo general cisterciense
El Capítulo General cisterciense es la instancia suprema de gobierno dentro de la Orden Cisterciense y sus ramas filiales. Fundado durante los primeros años de la gran expansión cisterciense, en 1119, permaneció operativo hasta la Revolución francesa. Después de 1815, las distintas congregaciones cistercienses adoptaron cada una un principio del capítulo general que aún funciona a principios del siglo XXI.
Historia
Hasta la Revolución francesa
El Capítulo General de la orden cisterciense original fue establecido por la Carta caritatis («Carta de caridad») escrito por Esteban Harding en 1119. Era anual, se celebra en la abadía de Císter bajo la dirección de su abad, y todos los abades estaban formalmente obligados a participar. Un abad ausente sin muy buenas razones podía ser destituido automáticamente.[1][2]
Inicialmente, hasta alrededor de 1200, fue más bien un órgano de información y comunicación. Pero, desde principios del siglo XIII, adquirió poder de decisión, incluso sobre prerrogativas que entonces recaían sobre el abad, como la decisión sobre si una abadía fundara una abadía hija.[3]
Durante el Capítulo general se regía un orden de precedencia bastante estricto, en particular el orden de paso y de intervención:[4]
Omnis abbas in omnibus locis sui monasterii coabbatis uocedat aduenienti, ita ut adimpleatur : honore inuicem preuenientes. Si duo aut amplius conuenerint, qui prior erit de aduenientibus locum superiorem tenebit. Omnes autem preter abbas presentis loci in refectorio comedent. Alias autem ubicumque convenerint [abbates], secundum tempus abbatiarum ordinem suum tenebunt, ut cuius ecclesia fuit antiquior, ille sit prior.Todo abad cederá su puesto en todas las partes de su monasterio a un abad visitante, para que se cumpla la regla de «Uno es el primero en honrar al otro y viceversa». Si dos o más llegan al mismo tiempo, el primero ocupará el primer lugar. Todos comerán en el refectorio, excepto el abad local. Pero dondequiera que se reúnan, se ordenarán según la antigüedad de sus abadías, de modo que el que tenga la iglesia más antigua será el primero.
Sin embargo, en el siglo XIV, debido a la guerra de los Cien Años y al Cisma de Occidente no se celebraron Capítulos Generales y los monasterios de la misma orden se vieron divididos prestando obediencia a papas rivales. Este largo período dejaría huella a pesar de los intentos de reconducir la situación fueron surgiendo movimientos disgregadores en el norte de Europa y en la península ibérica donde, en 1425, surgió la Congregación de Castilla de la mano de Martín de Vargas.[5]
Las investigaciones históricas realizadas desde 1968 (en particular por Jean-Baptiste van Damme y Bernard Lucet) muestran que, con la rapidísima multiplicación de las fundaciones durante el siglo XII, a partir del siglo XVI las abadías primigenias tendieron a reunir apoyos en sus propias líneas de filiación para oponerse con más peso a las directivas provenientes del abad de Císter.[6]
En la práctica, la sala capitular de Císter tenía una capacidad que permitía albergar a unos trescientos monjes. Sin embargo, en 1250, la abadía contaba simultáneamente con 647 abadías masculinas, sin contar los monasterios femeninos, cuyas abadesas compartieron durante cierto tiempo un capítulo común con los hombres.[7]
Desde la Revolución
El poder eclesiástico de gobierno de la Orden depende del capítulo general, responsable de definir el derecho de los monjes y monjas y de garantizar su aplicación. Todos los abades y abadesas se reúnen en una fecha fijada para velar por la observancia y el mantenimiento de la santa regla, el mantenimiento de su patrimonio y la conservación y crecimiento de la Orden. Reunidos en el capítulo general, el Abad general, los superiores de los monasterios autónomos y sus consejeros constituyen su máxima autoridad. Tienen derecho a participar con derecho a voto. El capítulo puede invitar a otros miembros de la Orden y otorgarles derecho de voto.
Vuelta al capítulo general:
- aprobar o suprimir las fundaciones de monasterios, incorporar o suprimir monasterios de monjes, incorporar monasterios de monjas, pedir a la Santa Sede su supresión,
- para elegir al Abad General y aceptar su dimisión,
- elegir a los funcionarios de la Orden y asegurar el ejercicio de sus funciones, aceptar sus dimisiones o, en su caso, presentarlas,
- aceptar también la renuncia de los abades y abadesas o deponer a los abades.[8]
Referencias
- ↑ André Vauchez, 2000, p. 145.
- ↑ André Vauchez, 2008, p. 255.
- ↑ Ghislain Baury, 2001, La mutation du chapitre général de Cîteaux à la fin du XII.
- ↑ Grélois, 2013, pp. 173-175.
- ↑ «Las Congregaciones : Orden Cisterciense de la Estricta Observancia: OCSO». ocso.org. Consultado el 27 de octubre de 2025.
- ↑ Ghislain Baury, 2001, La mutation du chapitre général de Cîteaux à la fin du XII.
- ↑ Léon Preyssoure, 1990, Chapitre II. Le modèle — Dans la réalité, qu'est-il advenu des promesses ?.
- ↑ «Capítulo General OCSO (6 – 18 febrero, 2022) : Orden Cisterciense de la Estricta Observancia: OCSO». ocso.org. Consultado el 26 de octubre de 2025.
Bibliografía
- Baury, Ghislain (2001). «Émules puis sujettes de l'ordre cistercien. Les cisterciennes de Castille et d'ailleurs face au Chapitre Général aux siècles XII-XIII». Cîteaux-Commentarii cistercienses (en francés) 52 (1-2): 27-60. ISSN 0009-7497. Ghislain Baury 2001. Consultado el 25 de noviembre de 2016.
- Grélois, Alexis (2013). «Au-delà des catalogues : pour une étude à frais nouveau de l'expansion cistercienne dans la France de l'Ouest». En Presses univ. de Rennes, ed. Annales de Bretagne et des pays de l’Ouest (en francés) 120 (3): 154-169. ISSN 0399-0826. Alexis Grélois 2013. Consultado el 25 de noviembre de 2016.
- Mahn, Jean-Berthold (1945). Éditions de Boccard, ed. L'ordre cistercien et son gouvernement. Des origines au milieu du siècle XIII (1098-1265). Bibliothèque des Écoles françaises d'Athènes et de Rome (en francés) (161). Paris. OCLC 422030148. Jean-Berthold Mahn 1945. Consultado el 12 avril 2018.
- Pressouyre, Léon (1990). Éditions Gallimard, ed. Le rêve cistercien. Découvertes Gallimard (en francés). Paris. ISBN 978-2-07-053124-0. OCLC 24077889. Léon Pressouyre 1990. Consultado el 17 de abril de 2020.
- Vauchez, André (2000). «Aux origines du régime représentatif: les ordres religieux en Occident, de Cîteaux aux frères mendiants». En Presses de l'université Paris-Sorbonne, ed. Politique et Religion en Méditerranée: femmes, hommes et sociétés, siècles IXe-XVe (en francés). París. pp. 143-149. ISBN 9782840501800. OCLC 708548050. André Vauchez 2000. Consultado el 12 de abril de 2018.
- Vauchez, André (2008). «Le chapitre général dans l’ordre franciscain, des origines à 1260: une instance démocratique ?». En Éditions Bouchène, ed. Au cloître et dans le monde. Moyen âge et époque contemporaine (en francés). Saint-Denis. pp. 255-264. ISBN 9782356760005. André Vauchez 2008. Consultado el 12 de abril de 2018.
Enlaces externos
- Esta obra contiene una traducción derivada de «Chapitre général cistercien» de Wikipedia en francés, concretamente de esta versión, publicada por sus editores bajo la Licencia de documentación libre de GNU y la Licencia Creative Commons Atribución-CompartirIgual 4.0 Internacional.