Notariado en Chile

Exterior de una notaría en Santiago Centro

Los notarios en Chile son juristas que actúan como ministros de fe pública y auxiliares de la administración de justicia, encargados de autorizar y dar fe de los actos y contratos extrajudiciales que las personas celebren conforme a la ley chilena. Su definición, funciones y atribuciones se encuentran reguladas principalmente en el Código Orgánico de Tribunales (COT), al igual que a los conservadores de bienes raíces y los archiveros judiciales, el cual les confiere la facultad de certificar la autenticidad de documentos, firmas y declaraciones, otorgándoles valor probatorio y presunción de veracidad. En el ejercicio de esta función pública, los notarios actúan con autonomía en sus respectivas notarías, bajo la supervigilancia de los tribunales superiores de justicia, y están sujetos a responsabilidades legales por el incumplimiento de sus deberes.

A pesar de ejercer una función pública, los notarios en Chile no son funcionarios en el sentido tradicional, ya que no integran la administración del Estado ni forman parte de un servicio público con estructura jerárquica o carrera funcionaria, como dentro del Poder Judicial. Su designación es individual y su ejercicio se realiza de manera autónoma en notarías independientes. Asimismo, los notarios no perciben remuneraciones fiscales, sino que sus ingresos provienen de los aranceles que pagan los usuarios por los servicios notariales, conforme a las tarifas y normas establecidas, lo que refuerza su carácter particular dentro del sistema jurídico chileno.[1]

A nivel gremial, los notarios en Chile se encuentran agrupados principalmente en la Asociación de Notarios, Conservadores y Archiveros Judiciales de Chile, entidad que representa los intereses profesionales del sector y promueve iniciativas relacionadas con el ejercicio de estas funciones de fe pública.[2]

Requisitos para ser notario

Para ser designado notario en Chile, la legislación vigente establece los siguientes requisitos generales:

  • Ser chileno
  • Poseer el título de abogado y estar legalmente habilitado para ejercer la profesión en Chile
  • Contar con experiencia profesional como abogado, en los términos que establezca la ley y las bases del concurso respectivo
  • No encontrarse afecto a inhabilidades legales, tales como haber sido condenado por delito que merezca pena aflictiva u otras prohibiciones establecidas por la normativa vigente
  • Participar y resultar seleccionado en un concurso público de antecedentes realizado por la Alta Dirección Pública, basado en criterios de mérito
  • Ser designado finalmente por el Presidente de la República, conforme al procedimiento establecido por la ley

Reforma notarial de 2025

Hasta antes de la reforma legal aprobada por el Congreso Nacional en 2025 y promulgada en septiembre de ese año, tras seis años de tramitación legislativa,[3] el sistema de nombramiento de notarios en Chile se basaba en la elaboración de ternas por parte de las Cortes de Apelaciones correspondientes a la jurisdicción donde iba a ejercer, de entre las cuales el Presidente de la República efectuaba la designación final. La reforma reemplazó este mecanismo y las categorías de notarios de primera, segunda y tercera clase por un sistema de concursos públicos basados en mérito y transparencia política, incorporando criterios objetivos de evaluación y reduciendo la discrecionalidad en los nombramientos. Con ello, se eliminó la jerarquización histórica de los cargos, promoviendo mayor igualdad de oportunidades, competencia y modernización en el acceso a los oficios notariales y de fe pública.[4]

Otro cambio relevante introducido por la reforma fue el establecimiento de un límite de edad para el ejercicio del cargo de notario en Chile, fijado en los 75 años cumplidos. Con ello, se puso término al carácter prácticamente vitalicio que había tenido históricamente la función notarial, dando respuesta a críticas persistentes sobre la permanencia indefinida en el cargo y promoviendo la renovación periódica de estos oficios de fe pública.[5] La reforma también otorgó al Servicio Nacional del Consumidor (SERNAC) un rol fiscalizador de forma explícita, permitiéndole supervisar la calidad del servicio, recibir reclamos de los usuarios y exigir transparencia en tarifas y atención, fortaleciendo la protección de los derechos de los consumidores dentro del sistema notarial.[6]

Crítica

A pesar de los cambios introducidos por la reforma de 2025, el sistema notarial chileno sigue siendo objeto de críticas por parte de expertos, analistas y organismos de vigilancia. Entre los principales cuestionamientos se destacan la resistencia de algunos notarios a la digitalización, incluyendo la implementación de herramientas tecnológicas y la firma electrónica avanzada, así como la persistencia de barreras administrativas y normativas que dificultan la modernización plena del servicio.[7] Asimismo, se ha señalado que, aunque la reforma fortalece la transparencia y la fiscalización a través del SERNAC y los concursos públicos, la práctica efectiva de estas medidas todavía requiere seguimiento y evaluación, pues su impacto en la eficiencia, el acceso y la competencia real en el sector notarial continúa siendo limitado y sujeto a debate.[8]

Referencias

  1. ↑ «“Considero poco aconsejable entregarle las funciones de los notarios al Estado"». Diario El Día. 26 de agosto de 2018. Consultado el 5 de febrero de 2026.
  2. ↑ «Asociación de Notarios niega nepotismo: “No pasa de un 7% u 8% las personas con estas vinculaciones”». Pauta FM. 10 de septiembre de 2021. Consultado el 6 de febrero de 2026.
  3. ↑ «Reforma al sistema notarial y registral es aprobada: los cambios clave que modernizarán el servicio». Radio Universidad de Chile. Archivado desde el original el 23 de julio de 2025. Consultado el 5 de febrero de 2026.
  4. ↑ Ximena, Peralta Fierro, (2019). Análisis funcional de la notaría chilena. Archivado desde el original el 3 de enero de 2022. Consultado el 5 de febrero de 2026.
  5. ↑ «Los cargos públicos más codiciados: Sueldos millonarios y plazas casi vitalicias». EMOL. 1 de diciembre de 2013. Consultado el 5 de febrero de 2026.
  6. ↑ Toro, Daniela (2 de julio de 2025). «Rol del Sernac, nombramientos y digitalización: Expertos ponderan los alcances (y objetivos) de la reforma notarial». Emol. Consultado el 5 de febrero de 2026.
  7. ↑ Ortiz, Diego (2 de junio de 2025). «Nueva ley de notarías cierra la puerta a la digitalización y crea nueva función por la que notarios podrían cobrar extra». CIPER Chile. Consultado el 5 de febrero de 2026.
  8. ↑ Barros, Alejandro (6 de junio de 2025). «Ley de notarios, crónica de una modernización frustrada». Radio Bío-Bío. Consultado el 5 de febrero de 2026.